CONTRATO DE ACCESO A PLATAFORMA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
PRESTADORES CHAMBITO – REPÚBLICA ARGENTINA
Última actualización: 3 de septiembre de 2026
Entre MAS QUE BIEN SERVICE S.A., CUIT 30-71848695-1, con domicilio legal en Hipólito Yrigoyen 8272, Buenos Aires, operadora de la plataforma CHAMBITO (la “Plataforma”), en adelante “CHAMBITO”; y la persona humana o jurídica identificada y registrada electrónicamente cuyos datos constan en la Plataforma, en adelante el “Prestador”; conjuntamente, las “Partes”, se celebra el presente Contrato de Acceso a Plataforma y Prestación de Servicios (el “Contrato”).
La aceptación de este Contrato es condición previa e indispensable para la creación y activación del perfil de Prestador. La aceptación electrónica quedará registrada con fecha, hora, versión y evidencia técnica razonable. Las declaraciones contractuales no prevalecerán sobre la realidad de la prestación ni sobre normas imperativas laborales, de seguridad social, defensa del consumidor, salud o ejercicio profesional.
1. Objeto y funcionamiento general
1.1 El Contrato regula el acceso del Prestador a la Plataforma para ofrecer y, cuando corresponda, ejecutar servicios solicitados por Usuarios, dentro de las categorías que CHAMBITO habilite. Cada Solicitud indicará tarea, alcance, ubicación, fecha o franja, precio, comisión, costos, medio de pago, requisitos y demás condiciones particulares.
1.2 El Prestador podrá revisar la información disponible antes de aceptar. La aceptación perfeccionará las condiciones particulares de esa Solicitud, sin perjuicio de los derechos y obligaciones inderogables que resulten aplicables.
1.3 CHAMBITO presta servicios tecnológicos de registro, publicación de perfiles, búsqueda, asignación, comunicaciones, soporte y pagos. No se atribuirá carácter de mera intermediaria para eludir responsabilidades propias o aquellas que la ley imponga por la organización y funcionamiento efectivo del servicio.
1.4 Relación con los Términos y Condiciones de Uso. El Prestador es, además, Usuario registrado de la Plataforma y se encuentra alcanzado por los Términos y Condiciones de Uso en todo lo relativo a su cuenta y al uso general de la Plataforma. En caso de contradicción, el presente Contrato prevalecerá respecto de su actividad como Prestador y los Términos y Condiciones prevalecerán respecto de su condición de Usuario. Las normas imperativas prevalecen sobre ambos.
2. Calificación jurídica y autonomía
2.1 En las categorías que legalmente admitan una contratación civil independiente, la relación se regirá por los artículos 1251 y siguientes del Código Civil y Comercial. El Prestador organizará su actividad con autonomía técnica y económica, sin exclusividad, obligación de conexión, jornada mínima ni garantía de solicitudes o ingresos.
2.2 El Prestador podrá activar o desactivar su disponibilidad, elegir categorías habilitadas, prestar servicios por cuenta propia o mediante otras plataformas y aceptar o rechazar Solicitudes sin necesidad de justificar el rechazo. El rechazo de una Solicitud no dará lugar a sanción ni pérdida de prioridad. Las cancelaciones de Solicitudes ya aceptadas podrán considerarse únicamente mediante criterios razonables, transparentes y no discriminatorios relacionados con confiabilidad y seguridad.
2.3 El Prestador determinará el modo técnico de ejecución, utilizará sus propios conocimientos y, salvo que la naturaleza del servicio o la información previa indiquen otra cosa, sus elementos de trabajo. Deberá respetar el resultado, alcance, protocolos de seguridad, normas profesionales y condiciones aceptadas para cada Servicio.
2.4 La denominación “independiente”, la emisión de facturas o el pago bancario no excluirán una relación laboral si en los hechos existiera dependencia o si resultara aplicable un estatuto especial. Si la operación real modifica el grado de dirección, control, permanencia o integración, las Partes deberán adecuar la relación y cumplir la legislación correspondiente.
2.5 Régimen especial de plataformas. El régimen previsto en el Título XII de la Ley 27.802 alcanza a los servicios privados de movilidad de personas y/o reparto que utilizan plataformas tecnológicas. Las categorías ofrecidas por CHAMBITO —tareas domésticas, cuidado y acompañamiento de personas, y enfermería— no se encuentran comprendidas en dicho régimen. En consecuencia, la calificación del vínculo se rige por las reglas generales del Código Civil y Comercial y, cuando corresponda, por la legislación laboral aplicable, conforme al principio de primacía de la realidad.
3. Casas particulares y servicios de cuidado
3.1 Las tareas de limpieza, mantenimiento del hogar, asistencia personal, acompañamiento y cuidado no terapéutico realizadas en una casa particular pueden quedar comprendidas en la Ley 26.844, cualquiera sea la cantidad de horas o jornadas. Cuando corresponda, el Usuario será informado de sus obligaciones como empleador y deberá registrar la relación, respetar remuneraciones mínimas, descansos, licencias, aportes, contribuciones y cobertura de riesgos del trabajo.
3.2 CHAMBITO no presentará como contratación autónoma una relación alcanzada por la Ley 26.844 ni descontará comisiones de conceptos laborales indisponibles de modo contrario a derecho. En estas categorías la Plataforma informará al Usuario y al Prestador, con anterioridad a la contratación, la posible aplicación de dicho régimen y las obligaciones que asume cada uno. La registración, el pago de aportes y contribuciones y la contratación de la cobertura de riesgos del trabajo, cuando correspondan, son obligaciones de quien resulte empleador y no son gestionadas por la Plataforma.
3.3 El cuidado terapéutico o que requiera habilitación profesional se regirá por su normativa sanitaria y no por la categoría de cuidado no terapéutico. Queda prohibido delegar el Servicio a terceros no verificados o permitir que una persona distinta del Prestador ingrese al domicilio.
4. Registro, identidad, documentación y niveles de perfil
4.1 El Prestador deberá ser mayor de dieciocho (18) años, tener capacidad legal, CUIT/CUIL, domicilio y cuenta de pago a su nombre. Proporcionará información auténtica, completa y actualizada y notificará cambios relevantes.
4.2 Antes de activar una categoría, CHAMBITO podrá exigir DNI, constancia fiscal, títulos, matrículas, antecedentes, certificados, licencias, seguros, referencias y demás recaudos razonables según el riesgo y la regulación local. Los requisitos legalmente obligatorios no serán opcionales.
4.3 CHAMBITO podrá observar documentos ilegibles, incompletos, vencidos o inconsistentes y restringir la categoría hasta su regularización. La presentación de documentos falsos o ajenos será incumplimiento grave, sin perjuicio del derecho de defensa y de las comunicaciones a autoridades que correspondan.
4.4 Las verificaciones realizadas acreditan únicamente el resultado obtenido a la fecha de control. El Prestador deberá mantener vigentes sus habilitaciones e informar de inmediato suspensiones, sanciones, imputaciones relevantes para la seguridad, pérdida de matrícula o cualquier circunstancia que impida prestar el Servicio.
4.5 Niveles de perfil. La Plataforma clasifica los perfiles de Prestador en nivel económico y nivel destacado. El nivel económico corresponde al Prestador que ha cumplido los requisitos básicos de registro. El nivel destacado corresponde al Prestador que, además, ha superado las verificaciones adicionales que la Plataforma determine, las que podrán incluir verificación reforzada de identidad, certificado de antecedentes, documentación tributaria, matrículas y referencias.
4.6 Efectos e información al Usuario. El nivel asignado se informa al Usuario con anterioridad a la contratación, incluida la circunstancia de que los Prestadores de nivel económico pueden no haber presentado certificado de antecedentes, e incide en la prioridad de asignación conforme a la cláusula 6.1. El Prestador podrá solicitar el acceso al nivel destacado en cualquier momento presentando la documentación requerida; CHAMBITO resolverá en un plazo razonable, informará los motivos de una eventual denegatoria y habilitará una vía de revisión. La pérdida de vigencia de un recaudo podrá determinar el retorno al nivel económico, previa comunicación.
4.7 Requisitos indisponibles. La clasificación por niveles no dispensa del cumplimiento de los requisitos legalmente obligatorios de cada categoría. Cuando una categoría exija título, matrícula, habilitación, seguro o certificación por imperativo legal, ese requisito será exigido a todos los Prestadores de la categoría con independencia de su nivel.
5. Validación biométrica de identidad
5.1 Carácter obligatorio. La creación y activación del perfil de Prestador requiere superar un proceso de validación biométrica de identidad, consistente en la captura de una imagen facial y su verificación contra el documento de identidad vigente emitido por el país que corresponda. Este proceso constituye un requisito indispensable y no existe un método alternativo de validación: sin él no es posible activar el perfil de Prestador ni recibir Solicitudes.
5.2 Información previa y consentimiento. Con anterioridad a la recolección de los datos, CHAMBITO informará responsable, finalidad, base legal, carácter obligatorio, consecuencias de la negativa, plazo de conservación, destinatarios, transferencias internacionales y canal para el ejercicio de derechos. El tratamiento requiere el consentimiento previo, libre, expreso e informado del Prestador, prestado de forma separada y destacada respecto de la aceptación general de este Contrato, mediante una acción afirmativa específica dentro de la aplicación, conforme a los artículos 5° y 6° de la Ley 25.326.
5.3 Fundamento del carácter obligatorio. La exigencia responde a la naturaleza de los Servicios ofrecidos, que suponen el ingreso del Prestador al domicilio de terceros o el encuentro presencial con ellos, y se funda en la prevención de la suplantación de identidad y en la protección de la integridad física y patrimonial de Usuarios y Prestadores.
5.4 Seguridad y conservación. Los datos biométricos tendrán acceso restringido, seguridad reforzada, cifrado y conservación limitada al plazo necesario para la finalidad informada y para el cumplimiento de obligaciones legales. No se utilizarán para publicidad, elaboración de perfiles comerciales ni entrenamiento de sistemas automatizados.
5.5 Negativa o revocación. Quien no acepte el proceso no podrá activar su perfil de Prestador. Si con posterioridad manifestara su voluntad de dejar sin efecto el tratamiento, la manifestación se canalizará a través del canal de atención e implicará la baja del perfil de Prestador, sin perjuicio de su derecho a solicitar la supresión de sus datos conforme a la cláusula 13.3, de las liquidaciones pendientes a su favor y de la conservación de registros legalmente exigible. La baja del perfil de Prestador no implica por sí sola la baja de su cuenta de Usuario.
6. Solicitudes, asignación y transparencia algorítmica
6.1 La Plataforma ofrecerá cada Solicitud a los Prestadores habilitados considerando disponibilidad declarada, proximidad, categoría, habilitaciones, nivel de perfil, experiencia, valoraciones, cumplimiento de Servicios aceptados, seguridad y otros factores informados; la asignación recaerá en el primer Prestador habilitado que acepte la Solicitud. Los criterios serán accesibles en lenguaje claro en la medida compatible con la seguridad y el secreto comercial.
6.2 No se utilizarán criterios discriminatorios ni decisiones exclusivamente automatizadas con efectos significativos sin una vía de explicación, impugnación y revisión humana. El Prestador podrá cuestionar datos incorrectos, valoraciones abusivas o medidas basadas en fraude o seguridad.
6.3 La Plataforma no garantiza un mínimo de Solicitudes, ingresos, permanencia en una posición ni radio de trabajo. Tampoco podrá ofrecer una expectativa engañosa sobre ganancias o demanda.
6.4 Cancelación de la Solicitud por el Usuario. Conforme a los Términos y Condiciones de Uso, el Usuario puede cancelar una Solicitud sin cargo hasta el inicio de la ejecución del Servicio. Cuando la cancelación se produzca luego de que el Prestador hubiera iniciado el desplazamiento hacia el lugar de prestación, la Solicitud cancelada no generará retribución a favor del Prestador. La Plataforma registrará el hito de inicio de desplazamiento y aplicará a los Usuarios las medidas de uso razonable previstas en los Términos y Condiciones de Uso. La cancelación efectuada por el Usuario no afectará la prioridad de asignación, las valoraciones ni las métricas del Prestador.
7. Condiciones económicas, pagos, Billetera y facturación
7.1 Antes de cada aceptación se informarán en pesos argentinos el precio total del Servicio cobrado al Usuario, la comisión de CHAMBITO y el monto neto que percibirá el Prestador una vez descontada dicha comisión. Una vez aceptada la Solicitud, esos importes no se modificarán retroactivamente salvo corrección fundada, extensión aceptada por ambas partes, devolución procedente o mandato legal.
7.2 La comisión de CHAMBITO es la que se muestra expresamente al Prestador antes de cada Servicio, y solo regirá la informada en esa oportunidad. CHAMBITO emitirá la factura fiscal por su comisión y demás conceptos propios.
7.3 Los fondos serán procesados por una entidad financiera o proveedor de servicios de pago habilitado. El Prestador podrá vincular una cuenta bancaria o de pago argentina a su nombre, mediante CBU o CVU; no estará obligado a contratar con una entidad específica salvo necesidad objetiva informada y alternativa legal suficiente.
7.4 Pagos en efectivo. Cuando el Usuario abone el Servicio en efectivo, el Prestador percibirá directamente el precio total al finalizar la prestación. La comisión de CHAMBITO correspondiente a ese Servicio se debitará de la Billetera del Prestador, quedando registrada como deuda a su cargo hasta su compensación con ganancias posteriores o su cancelación conforme a la cláusula 7.11. El Prestador deberá registrar en la aplicación la finalización del Servicio y el cobro efectuado.
7.5 La liquidación de las ganancias acreditadas en la Billetera se realizará con periodicidad semanal. Se entregará un detalle de operaciones, comisiones, retenciones, devoluciones y neto. Los fondos no disputados no podrán retenerse por tiempo indeterminado.
7.6 Solo se compensarán deudas líquidas, exigibles y detalladas vinculadas a comisiones de Servicios abonados en efectivo, devoluciones procedentes, contracargos, anticipos o ajustes aceptados. Antes de un débito controvertido se notificará su fundamento y se habilitará revisión, salvo fraude evidente o medida de autoridad.
7.7 En Servicios civiles independientes, el Prestador deberá mantener inscripción fiscal compatible, emitir los comprobantes exigidos por ARCA y cumplir ingresos brutos y seguridad social. CHAMBITO practicará únicamente las retenciones legalmente aplicables y no presentará la inscripción fiscal como sustituto de obligaciones laborales cuando estas correspondan.
7.8 Si el Servicio queda alcanzado por la Ley 26.844 u otro régimen laboral, se aplicará el recibo, registración, remuneración mínima y circuito de aportes propio de ese régimen, no la facturación autónoma prevista en el punto anterior.
Billetera del Prestador
7.9 Naturaleza. La Billetera del Prestador es una cuenta interna de la Plataforma, individual e intransferible, en la que se registran las ganancias devengadas por los Servicios ejecutados, las comisiones, retenciones y ajustes aplicables, y las deudas líquidas y exigibles que el Prestador mantenga con la Plataforma conforme a la cláusula 7.6, incluidas las comisiones de Servicios abonados en efectivo. No constituye una cuenta de pago de uso general ni un instrumento de pago fuera de la Plataforma: no habilita transferencias a otros Prestadores o Usuarios, ni compras fuera de ella, no admite conversión a otra moneda y no devenga intereses.
7.10 Transferencia de ganancias. El Prestador podrá solicitar la transferencia del saldo disponible en su Billetera a una cuenta bancaria o de pago argentina de su titularidad, identificada mediante CBU o CVU, con la periodicidad prevista en la cláusula 7.5. Los importes acreditados pertenecen al Prestador, no caducan por inactividad y no constituyen fondos de libre disponibilidad de CHAMBITO.
7.11 Cancelación de deudas con el saldo. El Prestador podrá cancelar con su saldo las deudas registradas conforme a la cláusula 7.6. La compensación automática procederá únicamente sobre deudas líquidas, exigibles, detalladas y previamente notificadas, y no podrá afectar conceptos legalmente inembargables o indisponibles.
7.12 Saldo negativo. Cuando el saldo resulte negativo por contracargos, devoluciones procedentes o ajustes aceptados, el importe se registrará como deuda con el detalle de su origen, importe y fecha, podrá compensarse con liquidaciones futuras y será impugnable conforme a la cláusula 7.6.
8. Ejecución, conducta y seguridad
8.1 El Prestador ejecutará cada Servicio personalmente, con diligencia, idoneidad, puntualidad razonable, respeto, trato digno y cumplimiento de la ley, de las condiciones aceptadas y de instrucciones de seguridad no incompatibles con su autonomía.
8.2 Se prohíben violencia, acoso, discriminación, consumo de alcohol o sustancias durante el Servicio, armas no autorizadas, apropiación de bienes, fraude, captación de datos ajenos a la tarea y cualquier conducta que exponga a personas o bienes.
8.3 El Prestador extremará cuidados con niños, personas mayores, personas con discapacidad, pacientes y otros grupos vulnerables. No administrará medicación, realizará actos invasivos ni asumirá tareas terapéuticas fuera de sus incumbencias y documentación.
8.4 El Prestador informará de inmediato, a través del canal de atención, accidentes, daños, riesgos, violencia, sospecha de abuso o emergencias, preservando evidencia y contactando primero al servicio público correspondiente cuando exista peligro inmediato.
9. Profesiones reguladas y enfermería
9.1 Los Servicios de enfermería solo podrán ser realizados por personas con título y matrícula vigente en la jurisdicción de ejecución, dentro de sus incumbencias y conforme a la Ley 24.004, normativa provincial, Ley 26.529, reglas de consentimiento informado, secreto profesional y documentación clínica.
9.2 Los actos que requieran prescripción deberán contar con indicación válida. El Prestador verificará identidad del paciente, prescripción, medicamento, dosis, vía, condiciones de conservación y contraindicaciones dentro de su competencia. Ante una urgencia deberá activar el sistema de emergencias; CHAMBITO no es un servicio de emergencias.
9.3 La validación documental de CHAMBITO no sustituye el deber del Prestador de mantener su matrícula ni los controles de la autoridad sanitaria. CHAMBITO implementará controles razonables y responderá por fallas propias en la habilitación o información del perfil.
10. Seguros, riesgos y responsabilidad
10.1 Coberturas exigibles. Las coberturas requeridas para cada categoría serán informadas al Prestador con anterioridad a su activación. Para prestaciones civiles independientes, CHAMBITO podrá exigir seguro de responsabilidad civil y accidentes personales adecuado al riesgo. Si existe relación laboral o casas particulares, deberá contratarse la ART y demás cobertura obligatoria por quien resulte empleador. Ningún seguro voluntario sustituye una ART legalmente exigible.
10.2 El Prestador responde por daños causados por dolo, culpa, incumplimiento o violación de sus deberes profesionales. CHAMBITO responde por sus propios hechos, por fallas de la Plataforma, y por la información o los controles a su cargo.
10.3 El Prestador mantendrá indemne a CHAMBITO solo respecto de reclamos de terceros derivados directamente de un incumplimiento probado y atribuible al Prestador, en proporción a su responsabilidad. No comprende hechos propios de CHAMBITO, riesgos de su organización, obligaciones indisponibles ni costos asumidos sin defensa o notificación razonable.
11. Servicios externos y no captación
11.1 Los Servicios contratados directamente fuera de la Plataforma no contarán con su registro, cobro, soporte o seguro específico. Cada parte asumirá sus obligaciones legales por esos acuerdos, sin excluir responsabilidades de CHAMBITO por hechos propios.
11.2 CHAMBITO no impondrá una prohibición general de trabajar fuera de la Plataforma. Podrá proteger información confidencial, evitar fraude sobre una Solicitud ya gestionada y establecer incentivos lícitos, pero no limitar injustificadamente la libertad profesional o la competencia.
12. Confidencialidad y datos de Usuarios
12.1 El Prestador utilizará los datos de Usuarios solo para ejecutar el Servicio. Mantendrá reserva sobre domicilios, teléfonos, rutinas, imágenes —incluida la fotografía de perfil del Usuario—, patrimonio, salud, tratamientos, vida familiar y toda información privada o sensible.
12.2 No podrá copiar, divulgar, vender, contactar con fines ajenos, conservar innecesariamente ni cargar datos en servicios personales no autorizados. Al finalizar eliminará la información que no deba conservar por ley y comunicará incidentes de seguridad de inmediato.
12.3 La confidencialidad subsistirá mientras la información conserve carácter reservado; el secreto profesional y los datos de salud se regirán por sus plazos y normas especiales.
13. Datos personales del Prestador
13.1 Responsable y contacto. El responsable del tratamiento de los datos personales del Prestador es MAS QUE BIEN SERVICE S.A. Canal de privacidad: soporte@chambito.com. Podrá tratar datos de identidad, contacto, perfil, actividad, ubicación durante la disponibilidad, documentos, antecedentes, matrículas, facturación, pagos, comunicaciones del chat, soporte, valoraciones, seguridad y datos biométricos conforme a la cláusula 5, con las finalidades de operar la cuenta, asignar Servicios, liquidar pagos, prevenir el fraude, proteger a las personas y cumplir obligaciones legales.
13.2 Principios, destinatarios y transferencias internacionales. Los datos serán adecuados y no excesivos, se conservarán según finalidad y plazos legales, y se compartirán solo con Usuarios en lo estrictamente necesario, procesadores de pago, verificadores de identidad, aseguradoras, asesores y autoridades competentes. Las transferencias internacionales a la República del Paraguay —donde se encuentra la sociedad desarrolladora del software— o a cualquier otro país que no cuente con un nivel adecuado de protección conforme a la normativa de la AAIP se instrumentarán mediante las cláusulas contractuales modelo aprobadas por dicho organismo u otro mecanismo válido, y se informarán en la Política de Privacidad.
13.3 Derechos del titular. El Prestador podrá solicitar el acceso a sus datos, que será respondido dentro de los diez (10) días corridos, y su rectificación, actualización o supresión cuando corresponda, dentro de los cinco (5) días hábiles, conforme a los artículos 14 y 16 de la Ley 25.326. También podrá pedir información y revisión sobre los criterios de asignación conforme a la cláusula 6.2, y la portabilidad de los datos que legal o contractualmente corresponda.
13.4 La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de órgano de control de la Ley 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales. Una Política de Privacidad separada, disponible en chambito.com/legal/politicas, detalla proveedores, plazos, medidas de seguridad y canales.
14. Valoraciones, soporte y revisión
14.1 Usuarios y Prestadores podrán calificarse mutuamente. CHAMBITO moderará valoraciones manifiestamente falsas, discriminatorias, extorsivas o ajenas al Servicio y el Prestador podrá solicitar la revisión de una valoración a través del canal de atención.
14.2 Antes de una restricción significativa basada en valoraciones o métricas, se comunicarán los hechos relevantes y, salvo riesgo urgente, se permitirá descargo. El Prestador tendrá acceso a soporte humano por soporte@chambito.com.
15. Suspensión y terminación
15.1 Cualquiera de las Partes podrá terminar este Contrato de duración indeterminada mediante preaviso razonable. El Prestador podrá dejar de conectarse y solicitar la baja en cualquier momento, sin perder pagos devengados ni derechos sobre sus datos.
15.2 CHAMBITO podrá suspender cautelarmente por riesgo serio para personas, fraude, suplantación, documento falso, pérdida de habilitación o requerimiento de autoridad. Informará motivos, alcance y canal de revisión, salvo prohibición legal o riesgo que justifique reserva temporal.
15.3 Para incumplimientos subsanables se cursará advertencia y plazo razonable. La baja definitiva deberá ser proporcional, fundada y revisable. La terminación no afectará liquidaciones, facturas, reclamos, confidencialidad ni conservación legal de registros. El saldo disponible en la Billetera será transferido conforme a la cláusula 7.10.
16. Modificaciones
16.1 Los cambios sustanciales se notificarán con antelación razonable y no se aplicarán retroactivamente a Servicios aceptados. Cuando alteren precio, comisión, pagos, datos, seguros, asignación o terminación, se requerirá aceptación expresa antes de continuar.
16.2 Las normas imperativas y las condiciones particulares más favorables prevalecerán sobre cláusulas incompatibles. La nulidad parcial no afectará el resto del Contrato si puede subsistir razonablemente.
17. Ley aplicable y jurisdicción
17.1 El Contrato se rige por las leyes de la República Argentina, incluidos el Código Civil y Comercial, las Leyes 20.744 y 27.802 en sus respectivos ámbitos, la Ley 26.844, la Ley 24.004, la Ley 26.529, la Ley 25.326, la normativa fiscal, de seguridad social y del BCRA, y las normas provinciales o municipales aplicables.
17.2 Las Partes procurarán resolver las controversias mediante soporte y negociación de buena fe, sin renunciar a vías legales. Los conflictos laborales se someterán a la autoridad y a los tribunales competentes inderogables. Para las controversias civiles o comerciales serán competentes los tribunales ordinarios del lugar de cumplimiento de la prestación o del domicilio del demandado, conforme a las normas procesales aplicables.
CHAMBITO – Contrato de Acceso a Plataforma y Prestación de Servicios para Prestadores